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Trabajo

Con los avances de la medicina, hay tipos de cáncer que tienen curación y otros son controlados por medicinas, lo que ofrece al paciente cualidad de vida. Muchas personas que están enfermas no están impedidas de trabajar, a despecho de las dificultades.

El paciente oncológico tiene el derecho de hacer el proceso de Concurso Público. La última fase de ese proceso es el examen médico para admisión, que determinará si el candidato puede ejercer la función pretendida. Muchas veces, esos candidatos son rechazados, porque puede ocurrir jubilación por invalidez y perjudicar la administración pública y sobrecargar los pagos públicos. 

Como hay casos bien controlados por medicinas, que ofrecen buena calidad de vida y no impiden el ejercicio de las actividades, prevalece en la justicia que no se puede rechazar los candidatos. El paciente oncológico puede concurrir a la plaza vacante con deficiencia, desde que presente comprobación clínica. Todos los concursos deben destinar de 5% a 20% de las plazas vacantes para personas con deficiencia. También tiene derecho a la plaza vacante por cuotas, desde que tenga los requisitos necesarios.

La Seguridad Social ofrece el servicio de rehabilitación profesional para los funcionarios que se mantengan como asegurados de la Seguridad que están incapacitados para el trabajo vuelvan al servicio readaptados. Si no es posible readaptarse, el asegurado será jubilado por invalidez.

Si se dimite el funcionario sin justa causa, él podrá pleitear la reintegración en el empleo, así como indemnización por daños materiales y morales. El empleador necesita probar que la dimisión no ha sido por la enfermedad, pero por otras circunstancias.

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